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Por qué un contrato de franquicia puede llegar a su fin

Convulsión en la red de franquicia ¿Y ahora qué?

Equipo FDS

Convulsión en la red de franquicia ¿Y ahora qué?

Resulta imposible enumerar la variedad de causas que pueden provocar que un contrato de franquicia agote sus efectos antes del plazo pactado. En este sentido, puede incluso constatarse la existencia de abandonos de carácter “técnico” que afectan sin excepción a todas las cadenas –incluidas las más antiguas y consolidadas- y que entran dentro de la normalidad de cualquier proceso de expansión.

Pero la realidad que se quiere abordar con estas líneas es otra. Si se acepta la comparación, podría decirse que las cadenas de establecimientos franquiciados son “organismos vivos”: nacen y mueren pero –sobre todo- evolucionan y se hallan siempre en constante cambio. Desde este punto de vista, tan natural resulta que las redes crezcan como el hecho de que padezcan diversas ‘enfermedades’ y ‘dolencias’ propias de cada etapa en el desarrollo de la cadena.

A modo de ejemplo podemos citar dos situaciones características que se observan con cierta frecuencia en el sector:

 

A) En las primeras etapas de crecimiento de la red son frecuentes los abandonos puntuales. Es normal que incidencias personales, empresariales, incumplimientos no sustanciales u otras circunstancias sobrevenidas, motiven la quiebra del intuitus personae o confianza empresarial cualificada que caracteriza a la franquicia.

En no pocas ocasiones subyace una defectuosa selección del franquiciado, debida a la imperiosa necesidad de aumentar las aperturas de nuevos establecimientos, o incluso en un inadecuado planteamiento de la relación entre la Central y sus franquiciados (ej. know-how inexistente o insustancial, insuficiencia de márgenes, problemas logísticos o de suministro...). Estos casos pueden ser abordados por la vía de la negociación y tienen su desenlace natural en la no renovación del contrato de franquicia a su vencimiento o su extinción anticipada por mutuo disenso de las partes.

                             Los primeros abandonos aislados de la red han de abordarse por la vía de la negociación

                                                           y la extinción del contrato por acuerdo entre las partes.

 

No obstante, en los últimos tiempos se observa un incremento de la litigiosidad sobre todo en los casos más graves, por lo que conviene contar con un adecuado asesoramiento precontencioso y sobre todo, llegado el caso, con un apoyo procesal de calidad ante los Tribunales.

 

B) En las cadenas de tamaño medio e incluso en las muy consolidadas asistimos a un incremento de la litigiosidad múltiple. Nos referimos a aquellos casos en que un número significativo de franquiciados deciden de pronto romper sus contratos y abandonar la cadena llegando incluso a poner en peligro la supervivencia de toda la organización comercial, el prestigio de la marca e incluso la propia continuidad en el mercado de la central franquiciadora.

En algunos de estos casos hallamos errores jurídicos graves, deficiente gestión de las crisis o políticas de red inadecuadas, todo ello sin dejar de lado aquellos casos en que los franquiciados actúan con mala fé. La proliferación de las herramientas de difusión en Internet y el uso de las redes sociales han puesto de moda la creación de “grupos de afectados” y publicaciones (blogs, perfiles de Facebook, etc) que buscan las ventajas de litigar conjuntamente convocando al mayor número posible de descontentos para intentar doblegar a la Central. Huelga destacar la importancia que en estas situaciones reviste contar un asesoramiento especializado para intentar superar o, en el peor de los casos, minimizar los efectos de unos ataques cuyas consecuencias pueden ser extremadamente graves.

 

                                Internet y las redes sociales han facilitado la comunicación horizontal entre franquiciados

                                                   y los litigios de “colectivos de franquiciados” contra la Central.

 

A modo de conclusión, hemos de insistir en un aspecto que resulta de sentido común: la franquicia es un contrato de colaboración empresarial que –aun partiendo de un buen concepto de negocio- se va fraguando día a día y es necesario evitar errores de gestión, cuidar las comunicaciones (que suelen aparecer después en el momento y lugar menos oportuno) e implantar prácticas adecuadas.

 

Finalmente, es esencial dar respuesta inmediata a las pequeñas crisis de modo que no se agraven o cronifiquen y, cuando el conflicto se hace presente, afrontar los procesos judiciales o arbitrales contando con un buen asesoramiento jurídico especializado en franquicia.

 

                            Los abandonos múltiples, muchas veces coordinados y de mala fe, pueden poner en riesgo

                           la propia supervivencia del Franquiciador, que ha de afrontar estas situaciones con el mejor

                           asesoramiento especializado a su alcance.  

 

 

 

  



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